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¿Se pueden embargar los bienes del nudo propietario inmerso en un proceso fiscal de cobro coactivo?

  • comunicacionesmafe5
  • 20 ago
  • 1 Min. de lectura
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Cuando un bien está sujeto a usufructo, la propiedad se fracciona entre dos sujetos: el nudo propietario (dueño sin derecho de uso) y el usufructuario (quien tiene el derecho de disfrutar del bien). Según el Código Civil, en su artículo 824, ambos derechos coexisten de forma temporal.


¿Qué sucede en caso de embargo o remate?

  • Los acreedores pueden embargar y rematar los bienes pertenecientes al nudo propietario, pero no pueden afectar el usufructo, ya que este derecho real permanece vigente hasta que venza el plazo pactado.

  • En el remate, el nuevo comprador adquiere únicamente la nuda propiedad, con la limitación del usufructo existente.

  • El usufructuario conserva el derecho de uso y disfrute, y además tiene preferencia para adquirir el bien si se llega a rematar.


Implicaciones prácticas

  1. Protección del usufructuario: Mantiene su derecho de uso sin importar el embargo o remate.

  2. Responsabilidad del nudo propietario: Responde con el bien frente a acreedores, pero sin poder usarlo.

  3. Obligación de conservación: El usufructuario debe cuidar el bien como si fuera propio durante el tiempo estipulado.


Referencias

 
 
 

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